El 2 de abril de 2026, las obligaciones operativas de la Ley 1/2025 de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario entran en vigor. A partir de esa fecha, todas las fábricas de alimentación deben tener un plan de prevención de pérdidas documentado, con medidas concretas, indicadores de seguimiento y protocolos de actuación para los excedentes.
No es una recomendación. Es una obligación con sanciones de hasta 500.000 euros para infracciones muy graves.
Y sin embargo, según datos del ABC, solo el 62% de la industria y distribución se está anticipando a la entrada en vigor. Solo el 48% de las pymes del sector tiene una estrategia contra el desperdicio. A menos de dos meses de la fecha límite, muchas fábricas van a tener que moverse rápido.
Qué exige la ley a los fabricantes
La ley se aplica a todos los agentes de la cadena alimentaria: productores primarios, industria de transformación, distribuidores, minoristas y hostelería. Las microempresas (menos de 10 empleados y facturación inferior a 2 millones de euros) quedan excluidas de todas las obligaciones operativas del artículo 6 de la ley, incluidos el plan de prevención, los convenios de donación y la jerarquía de prioridades. No obstante, siguen sujetas al régimen sancionador y a las obligaciones generales del resto de la norma. Para una fábrica de alimentación con líneas de producción, las obligaciones principales son cuatro.
Plan de prevención de pérdidas
Cada fabricante debe elaborar un plan de prevención del desperdicio alimentario que incluya como mínimo:
- Un diagnóstico de la situación actual: dónde se generan las pérdidas, en qué cantidades y por qué causas.
- Medidas concretas de prevención para reducir esas pérdidas.
- Protocolos de redistribución para los excedentes que no se puedan evitar.
- Indicadores de seguimiento y métricas de control.
- Formación del personal.
No vale un documento genérico: tiene que reflejar la realidad operativa de la fábrica.
Jerarquía obligatoria de gestión
Cuando hay excedentes, la ley establece un orden de prioridad que es obligatorio seguir:
- Prevención y transformación en otros productos para consumo humano.
- Donación a bancos de alimentos o entidades sin ánimo de lucro.
- Alimentación animal y fabricación de piensos.
- Uso como subproductos industriales.
- Reciclado, compostaje o valorización energética como último recurso.
La fábrica debe poder justificar por qué no ha podido aplicar un nivel superior de la jerarquía antes de recurrir al siguiente.
Convenios de donación
Los fabricantes deben suscribir acuerdos escritos con organizaciones de reparto de alimentos o bancos de alimentos. Los convenios deben especificar condiciones de recogida, transporte y trazabilidad. Solo se exime de esta obligación si se justifica que es inviable.
Registro y trazabilidad
La fábrica debe mantener un sistema de registro (digital o manual) que documente los flujos de excedentes: cuánto se genera, qué se dona, qué se destina a alimentación animal, qué se descarta. La trazabilidad debe ser demostrable.
Cuánto cuestan las sanciones
El régimen sancionador tiene tres niveles:
| Tipo | Cuantía |
|---|---|
| Infracciones leves | Apercibimiento o multa de hasta 2.000 € |
| Infracciones graves | De 2.001 a 60.000 € |
| Infracciones muy graves | De 60.001 a 500.000 € |
No tener plan de prevención o no aplicar la jerarquía de prioridades sin justificación son infracciones que pueden escalar. Las comunidades autónomas son las responsables de la vigilancia y la imposición de sanciones.
Qué tiene que hacer una fábrica antes de abril de 2026
Si tu fábrica no tiene el plan de prevención listo, estas son las piezas que necesitas:
1. Medir. Antes de prevenir, hay que saber cuánto se pierde y dónde. Eso significa cuantificar la merma por categoría: sobreproducción, descarte de arranque, producto caducado, devoluciones. No vale con un porcentaje global. La ley pide diagnóstico por causas.
2. Separar la merma inevitable de la evitable. La merma de proceso (rendimientos, recortes, pérdidas físicas) tiene un límite técnico. La merma de planificación (sobreproducción, secuencia ineficiente, desajuste con la demanda) es la que tiene margen de reducción. El plan de prevención debe centrarse en la segunda.
3. Documentar las medidas de prevención. No basta con “vamos a intentar producir menos de más”. El plan necesita medidas concretas: ajustar los lotes a la demanda confirmada, secuenciar para minimizar cambios de formato, programar teniendo en cuenta la fecha de caducidad como restricción. Con indicadores que permitan medir si las medidas funcionan.
4. Establecer los protocolos de gestión de excedentes. Para lo que no se pueda evitar: acuerdos con bancos de alimentos, protocolos de donación, registro de lo que se deriva a alimentación animal o subproductos. La jerarquía de la ley no es optativa.
5. Formar al equipo. La ley exige formación del personal. El planificador, el jefe de planta y el equipo de calidad deben conocer las obligaciones, los protocolos y los indicadores.
La merma que nace en el plan de producción
Cuando una fábrica se sienta a hacer el diagnóstico que la ley exige, la primera respuesta suele apuntar a lo que pasa en la línea: producto dañado, defectos de calidad, envases rotos. Pero cuando analizas los datos de verdad, una parte importante de las pérdidas tiene un origen distinto: las decisiones de planificación.
Sobreproducción. Cuando el planificador no tiene visibilidad de la demanda real y fabrica con margen “por si acaso”, ese margen se convierte en producto que caduca. En productos frescos con tres o cinco días de vida, un 10% de sobreproducción es merma directa. Y cuando el plan se rompe por un imprevisto y no se replanifica a tiempo, la sobreproducción se multiplica.
Secuencia de fabricación. Cada cambio de formato genera descarte en el arranque y la parada. Una fábrica que produce seis referencias en el orden en que entran los pedidos tiene más transiciones (y más descarte) que una que agrupa familias de producto. La diferencia no está en la línea, está en la secuencia, y se amplifica cuando hay cambios de alérgeno entre productos. Lo explicamos en detalle en el artículo sobre tiempos muertos en producción alimentaria.
Fabricar sin mirar la caducidad. Un lote fabricado el lunes para un pedido que se entrega el viernes, en un producto con cinco días de vida, llega al cliente con un día de margen. Si el cliente exige tres días, el lote se devuelve. El producto era perfecto. El timing no.
Estas tres fuentes de merma no aparecen en un control de calidad en línea. Aparecen cuando la fábrica tiene que documentar por primera vez cuánto producto acaba como residuo y por qué. Y eso es exactamente lo que la ley va a exigir. Hay un análisis más completo sobre las mermas que nacen de la planificación.
Lo que la ley no dice (pero implica)
La ley habla de prevención, diagnóstico e indicadores. No prescribe qué herramientas usar. Pero la realidad operativa es clara: una fábrica que planifica con Excel y ajusta la producción a ojo no puede generar los datos que la ley exige.
Para medir la merma por causas, necesitas trazabilidad entre lo planificado y lo producido. Para reducir la sobreproducción, necesitas visibilidad de la demanda real. Para minimizar el descarte de cambios de formato, necesitas una secuencia optimizada. Para demostrar que tus medidas funcionan, necesitas indicadores comparables en el tiempo.
Todo eso apunta en una dirección: la planificación de la producción deja de ser un problema operativo interno y se convierte en un requisito regulatorio documentable. Las fábricas que ya tienen su planificación digitalizada y optimizada van a cumplir con menos esfuerzo. Las que no, van a tener que dar dos pasos a la vez: poner orden en la planificación y documentar el resultado.
En nuestra guía sobre optimización de la planificación alimentaria explicamos cómo funciona la optimización matemática y qué cambia cuando se aplica a una fábrica de alimentación.
¿Tu fábrica tiene el plan de prevención listo para abril? Cuéntanos cómo planificas hoy y te mostramos cómo Fluwy puede ayudarte a reducir la merma desde el plan de producción.